Fuentes del derecho comercial y marítimo catalán.-a
Las fuentes de inspiración normativa que articularon el derecho mercantil marítimo quedan apoyadas sobre cuatro fundamentos:
La costumbre
El conjunto de usos que regían la actividad cotidiana de los mercaderes en la contratación mercantil constituían la principal fuente del derecho marítimo. Estos usos se habían conservado a lo largo de la historia fruto del mantenimiento de la tradición y el costumari, si bien no era una fuente petrificada, puesto que evolucionó a lo largo de generaciones. El compendi de usos arrancaba tiempos atrás con la llegada de civilizaciones como la fenicia, la griega y la romana a las costas occidentales de la Mar Mediterránea. Algunos de estas costumbres ya fueron recogidos al Corpus Iuris Civilis de Justinià Y, y en menor grado al Liber Iudicorum, cuerpo legislativo visigodo del siglo VI.
Resoluciones judiciales y decisiones arbitrales
Tanto las resoluciones judiciales como las decisiones arbitrales de las instituciones rectoras del derecho mercantil marítimo, se consideran el factor más importante de actualización de las costumbres anteriormente mencionadas. Tanto los cónsules de mar como otros cargos relevantes del Consulado, actuaban a través del dictamen de jurisprudencia como mecanismo de transformación del derecho marítimo.
Disposiciones normativas
Las disposiciones normativas suponían un intento de entrada de derechos ajenos a los Consulados de Mar, si bien, a la práctica se dio en muy pocas ocasiones. Los conflictos entre jurisdicciones surgían con la promulgación de privilegios y ordinacions por parte del monarca, especialmente en Barcelona. Otros casos surgían cuando cofradías de oficios o uno de los consulados de mar, hacían entrar en vigor nueva normativa de origen diverso (procesos, sentencias, deliberaciones, acuerdos, cuentas, etc.) que alteraba el funcionamiento armónico de la legislación marítima.
Derecho estatutario
Los estatutos normativos que disponían algunas ciudades itálicas supuso un nuevo reto jurisdiccional a superar. A medida que se expandieron los consulados de mar, aumentaba el riesgo de incompatibilidad con otros derechos. He aquí, el caso más paradigmático en los núcleos de población de Trani, Amalfi, Pisa, Venecia, Génova y Ancona, donde disponían de códigos normativos creados entre los siglo XI y XIV, que acabaron siendo reconocidos a todos los puertos mediterráneos.
Compilaciones
A mediados del siglo XIII, surgieron los primeros indicios de positivización de las fuentes. Este fenómeno siguió un proceso de progresiva incorporación de normativa en un compendio, que acabó con la publicación del Libro del Consulado del Mar en 1484.
Ordinacions de la Ribera
Las Ordinacions de la Ribera, aparecidas en Barcelona en 1258, es considerado como una de las primeras expresiones literarias del derecho mercantil marítimo. Surgió como una concesión de Jaume I en la Universidad de la Ribera, agrupada en veinticinco capítulos. De esta forma el monarca reconoció la existencia de la Universidad de los Prohombres de la Ribera Barcelonesa como una cofradía de navegantes, estipulando la organización interna y sus funciones, así como regulaciones marítimas que tenían que acatar. Algunas de estas disposiciones a destacar fueran el apoderamiento de las figuras de dos cónsules, el derecho a imponer contribuciones, o los derechos y deberes de la tripulación.
Libro del Consulado del Mar
El Libro del Consulado del Mar, aparecido probablemente en Barcelona en 1370, es el máximo exponente del derecho marítimo común en el Mediterráneo. Surgió a partir de la codificación de numerosas fuentes y, especialmente, por la actualización de textos anteriores de la misma índole. Sin ir más lejos, las Costumbres de la Mar son considerados como una compilación de usos y costumbres mercantiles mediterráneas redactados en la segunda mitad del siglo XIII, que fue usado como borrador, previa reelaboración y ampliación del texto, para la redacción del Libro del Consulado del Mar. Este libro fue la piedra angular que rigió el derecho comercial marítimo surgido en la Corona de Aragón a lo largo de los seis siglos de existencia (1260-1829), y destacó su traducción a distintas lenguas como el castellano, el francés, el italiano, el alemán, el neerlandés y el inglés.
Costumbres de Tortosa
Las Costumbres de Tortosa, surgidas en las tierras del Ebro en 1279, contienen parcialmente referencias al Derecho mercantil marítimo de su área fluvial y marítima, que podían haber generado conflictos de competencia con el Libro del Consulado del Mar, pero contra pronóstico, la convivencia de los dos ordenamiento jurídicos generó una relación suficiente porque las Costumbres acabaran constituyendo una parte fundamental del ordenamiento marítimo general que estructura el Libro.
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