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Mostrando entradas de mayo, 2017

Las Leyes del Estilo.-a

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Las Leyes del Estilo en el derecho castellano, más ajustadamente llamadas Declaraciones de las leyes del Fuero Real, son un grupo de usos u observancias judiciales (estilo) emanadas de la corte de Alfonso X el Sabio y sucesores en la Baja Edad Media. Se trata de una serie de interpretaciones, aclaraciones y advertencias relativas al Fuero Real junto a normas de derecho procesal para administrar justicia. Contienen las reglas principales de todos los procedimientos en la Baja Edad Media con objeto de poder acudir a las otras fuentes establecidas en el orden marcado en el Ordenamiento de Alcalá, posteriormente, esto es, en 1348, y por las Leyes de Toro de 1505. Una de las más importantes es la Ley CCXXXVIII: Cuantas cosas embargan el derecho escripto. Otro si es a saber que cinco cosas son que embargan los derechos escriptos. La primera la costumbre usada que es llamada consuetudo en Latín, si es razonable. La segunda, es postura que hayan las partes puesto entre sí. La ter

Obra jurídica de Alfonso X de Castilla.-a

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Alfonso X de Castilla, llamado «el Sabio» sintió la necesidad de unificar el variado corpus legislativo que se empleaba en el reino de Castilla, que conjugaba desde el derecho romano de la Antigüedad tardía, pasando por el derecho visigótico hasta el derecho consuetudinario castellano. Para ello utilizó un código inspirado en el Derecho justinianeo, que era el que se impartía en la Universidad de Bolonia y en las escuelas jurídicas del sur de Francia, en un intento de sistematización codificada. A esta empresa responden los siguientes tratados legales: Fuero real El Fuero real fue redactado hacia 1252 y responde a la obligación de dotar de una legislación unitaria para las ciudades castellanas recién reconquistadas. Fue un corpus jurídico influido por el Liber iudiciorum, que constituyó en sus inicios un fuero local otorgado a las ciudades de Aguilar de Campoo y Sahagún en 1255. También es llamado Fuero del libro, Libro de los concejos de Castilla y Fuero castellano. El cód