Espíritu general de la legislación, la equidad natural, y las lagunas de la ley. Hermenéutica legal.a

Luis Alberto Bustamante Robin; Jose Guillermo Gonzalez Cornejo; Jennifer Angelica Ponce Ponce; Francia Carolina Vera Valdes;  Carolina Ivonne Reyes Candia; Mario Alberto  Correa Manríquez; Enrique Alejandro Valenzuela Erazo; Gardo Francisco Valencia Avaria; Alvaro Gonzalo  Andaur Medina; Carla Veronica Barrientos Melendez;  Luis Alberto Cortes Aguilera; Ricardo Adolfo  Price Toro;  Julio César  Gil Saladrina; Ivette Renee Mourguet Besoain; Marcelo Andres Oyarse Reyes; Franco Gonzalez Fortunatti; Katherine Alejandra  Lafoy Guzmán;

Las lagunas de la ley.

Se denomina laguna de la ley, a la ausencia de reglamentación legislativa en una materia concreta. Es una situación de vacío en la ley que ha sufrido la patología jurídica de omitir en su texto la regulación concreta de una determinada situación, parte o negocio, que no encuentra respuesta legal específica; con ello se obliga a quienes aplican dicha ley, principalmente los Jueces, y Abogados al empleo de técnicas sustitutivas del vacío, con las cuales obtener respuesta eficaz a la expresada tara legal.
Ante esta situación, si a un juez se le solicita una resolución, no puede negarse, principio de inexcusabilidad,    y debe suplir la laguna jurídica a través de distintas herramientas que otorga el sistema jurídico. Las más habituales son:

1.-Derecho supletorio.
El juez acude a la regulación de una rama del derecho supletoria. En este caso no existe una laguna jurídica propiamente dicha, porque existe una regulación que por defecto es aplicable.
2.-Interpretación extensiva. 
El juez hace una interpretación lo más extensiva posible de una norma cercana, de forma que abarque a más situaciones que las que en principio abarcaría, y con la intención de que supla la ausencia de regulación existente.
3.-Analogía.
El juez aplica normas que están dictadas para situaciones esencialmente parecidas. En este caso, el juez crea una norma.
4.-Acudir a otras fuentes del derecho.
Otras fuentes del derecho son la costumbre jurídica, el espíritu general de legislación, o equidad natural. ect.


Tribunales de Justicia.
Scherezada Jacqueline Alvear Godoy

Espíritu general de la legislación son aquellas reglas de exégesis (1), que permite descubrir el sentido o ratio de un determinado "sector normativo", y por ende, sirviendo de tamiz  para interpretación de los institutos (2) y normas en el alojamientos, posibilita también-a los jueces y juristas-justificar sus decisiones "en " y "desde" el derecho- De este modo, la regla aquí estudiada facilita la ampliación de los criterios hermenéuticos y habilitar para descubrir, en su caso, reconstruir, la valorización que subyace en la norma, adecuando  su aplicación a las nuevas necesidades que reclame el trafico  económico y jurídico.


1.- (Del gr. ἐξήγησις, explicación, relato. 1. f. Explicación, interpretación)
2 Finalidad, objetivo, competencia.

Equidad natural.

Equidad constituye la "ultima ratio del derecho" -distinta de la "ratio" o finalidad objetiva de un determinado sector normativo, lo que se identifica, según ya vimos, con "espíritu general de la legislación."


Introducción.

La hermenéutica esta definida como "la ciencia de la interpretación." Etimológicamente la palabra se deriva del verbo griego "hermeneuo", que significa exponer, publicar, interpretar. Esto está relacionado con "Hermes", que en la mitología griega era el mensajero de los dioses y transmitía e interpretaba los mensajes divinos dirigidos a los hombres. Este personaje mitológico se ocupaba en una función mediadora porque era por su intermedio que los mensajes eran interpretados y llegaban a los seres humanos.

 Hermenéutica legal.

Definición

La ciencia hermenéutica tiene como propósito básico proveer los medios para alcanzar la interpretación del objeto o escritura que es interpretado, sorteando los obstáculos que surgen de la complejidad del lenguaje o de la distancia que separa al intérprete del objeto investigado.
Adaptada a su objeto de estudio, la Hermenéutica es usada en el arte, la historia, la literatura, la arqueología, ciencias jurídicas y la traducción. Tradicionalmente se la consideró una disciplina teológica especial. Actualmente se ha ampliado su ámbito de aplicación y se la considera en una perspectiva mas amplia como una función del entendimiento del hombre que es aquella capacidad de las personas de brindar o captar significados.

Características.

 Como ciencia, la hermenéutica provee una serie de leyes o reglas de interpretación clasificadas de manera lógica y ordenada.
 Existen leyes generales y especiales de interpretación de acuerdo a las divisiones de la hermenéutica.  Hay reglas de interpretación que abarcan aspectos como análisis del trasfondo cultural, de contexto, pasajes paralelos, semántica, género literario, entre otras.

Hermenéutica jurídica.

La hermenéutica jurídica, es la rama de esta ciencia que tiene por objeto la interpretación y alcance de las normas jurídicas, y especial las leyes. 

Historia.

El nacimiento de la hermenéutica jurídica, debemos buscarla en occidente, en Roma, la madre de las leyes. En la civita romana, la interpretación de las leyes, le correspondía aplicarla a los pontífices, los magistrados y al Emperador.
En Roma hubo al principios, en la época de la monarquía romana y comienzo de república, una interpretación jurídica en la que los pontífices romanos, interpretaban el derecho por ser ellos los que tenían el poder de interpretar el derecho de la civita. Con paso del tiempo en la época república y el imperio, la interpretación de leyes, la efectuaban los magistrados romanos a través jurisprudencia de sus resoluciones. En épocas posteriormente la interpretación de las leyes, la efectuaba el emperador, contestando a través rescriptos  de los particulares o preguntas de magistrados, la interpretación de leyes vigentes.  
Después de la caída de roma, la interpretación de leyes, la efectuaba los monarcas europeos, y posteriormente, por delegación del poder soberano los tribunales de justicia. Los jueces  interpretaban las leyes y las costumbres vigentes, ejemplo clásico de esto es el Common law  de Inglaterra, que nació como medio interpretar las costumbres contradictorias vigentes en Inglaterra, y  su sistematizacíon  interpretativa.

En la época contemporánea, en el derecho del civil law, por consecuencia de la revolución francesa, y el principio de la soberanía nacional,  entro en vigor el absolutismo jurídico (término jurídico de profesor  Paolo Grossi) o mejor conocido en américa latina como el positivismo jurídico, cuando el derecho estatal se centralizo en la legislación del parlamento. El parlamento soberano le corresponde interpretar autenticamente las leyes, los jueces se convierten simples ejecutores de la ley, sin tratar de  interpretar la ley, en forma amplia.

Las normas de interpretación en los ordenamientos jurídicos.

El  legislador en la época contemporánea, han establecido en los códigos civiles, normas jurídicas para interpretar las leyes, ejemplo temprano son  los códigos civiles de Austria y el Prusia, que fueron los primeros en sentar por la potestad legislativa la manera de cómo deben interpretarse las normas contenidas en ellos.
Fueron seguidos por el código civil italiano, y en latinoamérica por ejemplo, por el Código Civil argentino, que en su artículo 16 establece que de no poderse resolver el caso, ni por la letra ni por la espiritualidad de la norma, debe recurrirse a normas análogas y si aún la duda existiera, debe recurrirse a los principios generales del derecho con especial consideración a las circunstancias del caso en cuestión.
El artículo 19 del Código Civil mexicano dice que los casos civiles deben resolverse por lo que dice la norma o su interpretación jurídica, y si no hay ley, por los principios generales del Derecho. Muchos autores como De Ruggiero, Gény y Degny sostienen que esta manera de interpretar, dispuesto por vía legislativa no es obligatoria para el juez.
El código civil de Chile, establece, la ley se debe interpretar por medios elementos gramatical, lógico, histórico, y sistemático, y si no hay ley, a espíritu general de legislación , y equidad natural.

Importancia hermenéutica jurídica.

La hermenéutica brinda herramientas, guías, que van a auxiliar al juzgador para hacer su tarea de la forma más equitativa posible.
En esta tarea interpretativa, según el profesor De Ruggiero se deben tener en cuenta los siguientes elementos:
1. El gramatical, tratando de entender lo que dice la norma en sus palabras, relacionándolas entre sí, para captar su sentido, en relación a los demás vocablos.
 2. El lógico, para tratar de descubrir en caso de oscuridad del texto, el motivo para el cual fue creada (la ratio legis) y el contexto histórico social que determinó su sanción.
3. El histórico, que no debe confundirse con el anterior ya que allí se observaba las circunstancias del momento en que la ley se dictó y en este caso, cómo llegó a dictarse, y las normas que la precedieron.
 4. El sociológico, adecuando la norma a los cambios sociales producidos.
Si la norma permite realizar más de una interpretación, es menester elegir la que mejores resultados trae aparejados. Así lo expresan Fornieles, Borda, Spota, Llambías y Arauz Castex, entre otros.

Opinión personal.


Los jueces en la actualidad tiene deber de interpretar las leyes de acuerdo sentido y alcance, a través de leyes de hermenéuticas jurídica, establecido en muestro ordenamiento jurídico, pero sobre todo deben aplicar las leyes de acuerdo a realidad de la sociedad actual, con el objetivo de favorecer el bienestar de la comunidad.

Comentarios

Entradas populares de este blog

Corpus iuris civilis.-a

Jurista Eugen Ehrlich y la jurisprudencia.-a

Derecho sucesión del hospital Nuestra Señora de Gracia (Zaragoza).-a

Cuerpo del derecho civil XI

El Código de Leyes del Imperio Ruso.-a

Testamento sacramental de Cataluña.-a

Catastro y Registro.-a

La doctrina de los actos propios.-a

El Sistema Torrens.-a

Las Partidas de Alfonso X El Sabio.-a