El altar de los testamentos (Testamentos sacramentales)


El altar de los testamentos (Testamentos sacramentales)


Fachada principal de la iglesia de los Santos Justo y Pastor de Barcelona.

La iglesia de Sant Just i Pastor de Barcelona fue escenario durante 1190 años del privilegio del testamento sacramento. Cualquier ciudadano de Barcelona que en peligro de muerte que expresara ante testigos su última voluntad, esta adquiría valor de testamento legal siempre que antes de seis meses y a su regreso a la capital catalana estos testigos lo juraban en el altar de Sant Fèlix. Este privilegio estuvo en vigor hasta 1991, cuando el Parlament de Catalunya lo derogó por obsoleto.
El del testamento sacramental fue uno de los tres privilegios que Lluís el Pietós, hijo de Carlomagmo, otorgó al altar de Sant Fèlix en el año 801, después de que la ciudad fuera conquistada a los musulmanes. Los otros dos privilegios eran los conocidos como la batalla juzgada y el juramento de los judíos.

Según los registros, el primer testamento tuvo lugar en el año 1082, y el último, en 1989, dos años antes de su derogación definitiva
El primero tenía que ver con los conflictos entre caballeros, que se dirimían en los juicios de Dios, consistente en una justa o duelo. Antes de celebrarse, los caballeros debían jurar en Sant Just que no iban a utilizar ni talismanes ni brujas para vencer al contrincante. El segundo tenía lugar cuando había una disputa entre un cristiano y un judío. Este último debía jurar en el altar que diría la verdad.


Pero sin duda el más singular y longevo fue el del testamento. Según los registros, el primero tuvo lugar en el año 1082, y el último, en 1989, dos años antes de su derogación definitiva. Para que el testamento tuviera validez, el juramento debía realizarse ante un notario y el párroco de la iglesia. El boletín de la Sociedad de Atracción de Forasteros de Barcelona del tercer trimestre de 1917 publicó una foto, incluida en este artículo, de uno de los juramentos celebrados en el altar de Sant Fèlix.

Sant Just i Pastor es una de las iglesias más antiguas de Barcelona. Situada en la plaza Sant Just, se cree que en ella se ha practicado el culto cristiano de forma ininterrumpida desde el siglo IV. La leyenda asegura que la Moreneta estuvo en esta iglesia antes de que fuera escondida en Montserrat para salvarla de la invasión musulmana.
Para que el testamento tuviera validez, el juramento debía realizarse ante un notario y el párroco de la iglesia.


Nota: Definición de testamento sacramental  


En Cataluña, testamento especial, otorgado ante testigos, que juran —y de ahí la denominación— al adverar el documento. No rige en todo el territorio del antiguo Principado, sino tan sólo allí donde está en vigor el privilegio "Recognoverunt proceresM (v.e.v.); es decir, Barcelona y el antiguo término municipal de la ciudad al publicarse el Decreto de Nueva Planta, y además en Gerona y Tortosa, por otras fuentes legales.

En virtud del testamento sacramental, cabe testar verbalmente ante dos testigos, que luego juran en determinada iglesia haber oído la disposición de última voluntad. La facilidad para fraudes ha creado una opinión muy favorable a su supresión, dificultosa como toda innovación en el petrificado Derecho Foral esp. El plazo para la adveración es de 6 meses, contados desde que los testigos se encuentren en Barcelona, donde deberán jurar ante el altar de la iglesia de los Santos Justo y Pastor, en presencia del juez.
Para testar así se requiere ser ciudadano de las localidades que gozan del privilegio. A la residencia de un año para ganar esta cualidad, ha sustituido el art. 15 del Cód. Civ., de aplicación general y que establece el plazo de dos años y manifestación de voluntad, o la permanencia de 10 años, aun sin declaración alguna.

Aunque los autores catalanes creen que el testamento sacramental —con claros antecedentes en el Fuero Juzgo (lib. II, tít. III, que permite a los peregrinos testar ante dos testigos, que luego han de jurar ante el obispo y el juez; y en el lib. V, tít. VII, que determina el plazo de un semestre para la adveración)— se estableció para casos graves y en que se encontraran los testadores fuera de sus lugares, los términos actuales no permiten esos límites; y se admite hacerlo dentro y fuera del territorio catalán, y en tierra, mar o aire, con salud o enfermo, amenazado o tranquilo.

El juramento ante el altar de la Santa Cruz, antes el de San Félix, es tan fundamental, que una sent. de 1877 determinó la nulidad de uno de estos testamentos porque uno de los testigos, gravemente enfermo, y que juró en su casa, para luego ratificarse ante el altar, murió sin poderlo cumplir.

Ef cap. XLVIII del Recognoverunt proceres dice:

Item es costumbre que, si alguno hiciere testamento o su última voluntad, presentes testigos, en la tierra o en el mar o en cualquiera parte que sea, en escritos o sin escritos, aunque no estuviere presente notario alguno en dicha voluntad manifestada verbalmente o en escritos, que valga la dicha voluntad o testamento, dentro de 6 meses desde que estuvieren en Barcelona juren en la iglesia de San Justo, sobre el altar de San Félix mártir, presente el notario que autoriza tal testamento y otras personas, que los mismo testigos así lo vieron u oyeron escribir o decir como se contiene en dicha escritura o última voluntad verbalmente explicada por el testador, y que este testamento se llama testamento sacramental.

El texto aplicable en Gerona establece que:
 "Es observada como costumbre que si alguno manifiesta su testamento o última voluntad ante testigos, se reciben y examinan los testigos por el juez, llamados aquellos a quienes interesa, y prestando juramento por los testigos en alguna iglesia, sobre altar consagrado, tales declaraciones se redactan en forma pública y se les da fe por decreto del juez, siendo llamado testamento sacramentar .

En el Cód. de las Costumbres de Tortosa se concreta así:

 "Testamento o última voluntad que el testador otorgue donde no esté presente escribano público, ante dos o más testigos varones, después de la muerte del testador, dentro de los 6 meses, aquellos testigos deben comparecer ante los jueces y el veguer y, además, cualquier escribano público de Ja ciudad y manifestar la voluntad y disposiciones del difunto y el día en que murió; el escribano deoc escribir las disposiciones y la manifestación conforme se le hace, con expresión de la fecha en que tiene lugar, cuya voluntad y declaración deben jurar los referidos albaceas o testigos ser verdad tal como dicen y manifiestan, cuyo juramento debe hacer constar en forma el escribano; y este testamento o última voluntad puede hacerse constar por escrito ante cualquier notario público de la ciudad que los albaceas designen, y vale tal testamento, última voluntad u ordenación así hecha, y es firme y eficaz por todos los tiempos, sin poderse anular ni deshacer".
Los testigos, que han de oír a la vez, y no sucesivamente, la seria declaración del testador, juran ante el vicario de la iglesia indicada, y luego son examinados con separación por el juez, para apreciar si son contestes. La discrepancia fundamental vicia el testamento. La diferencia en las palabras no atañe a la coincidencia en los conceptos.
Para la adveración se sigue un expediente de jurisdicción voluntaria, que combina preceptos de la Ley de Enj. Civ., otros tradicionales y algunos consuetudinarios o de la curia. El heredero u otro interesado presenta una demanda donde relata los hechos, indica quiénes son los testigos y las preguntas que se les deben dirigir. El juez cita al cura párroco de los Santos Justo y . Pastor, a los testigos y a los interesados y al fiscal Edictos sustituyen a los antiguos pregones. No cabe oposición, aunque sí queda a salvo el derecho para el juicio ordinario. Se admiten repreguntas a los testigos. El juzgado se constituyo en el día fijado en el mencionado templo, y allí se procede al juramento y a las declaraciones e interrogatorio. Posteriormente, oído el fiscal, el jaez resuelve acerca de la validez o nulidad del testamento.

En Gerona no hay altar determinado por la rúbrica 26 de la Costumbres locales, pero es usual emplear la Iglesia del Carmen, y en La Bisbal, Olot, Figueras y otras poblaciones a que alcanza, la parroquia. Los testigos han de ser rogados, cosa que no se precisa en Barcelona.
El testamento sacramental de Tortosa no precisa de juramento sino ante el juez, y necesita que no haya notario en el lugar (Tortosá, Amposta o Flix) o que esté ausente.


reverse roles race  maid & mistress.




Piscina 


comedor

yate

playa

cocina


baño

dormitorios

La jerarquía tradicional en Estados Unidos situaba a las mujeres blancas como ama y las negras como sirvientas. Si bien eran casos excepcionales, históricamente existieron anomalías en las que los roles raciales se invirtieron. Documentos históricos muestran casos aislados de mujeres negras libres que acumularon riqueza y se convirtieron en ama de sirvientes blancos por contrato.



Crea el retrato del Emperador ruso Nicolás II, Zar y Rey de Polonia, y Gran Duque de Finlandia, entronizado mostrando majestad, en el  frontispicio o frontis, de la primera Edición del Código Civil Ruso, edición de lujo, junto con el Mensaje de promulgación del Código.



Para visualizar esta obra maestra de la edición legal de principios del siglo XX, debemos imaginar un libro de gran formato, encuadernado en piel de becerro de color verde esmeralda con incrustaciones en oro, digno de la biblioteca imperial en el Palacio de Invierno.
Aquí tienes la descripción detallada del frontispicio y el mensaje que lo acompaña.

El Frontispicio: La Imagen del Autócrata Moderno

La página opuesta a la portada presenta una litografía grabada al acero, con un estilo que mezcla el rigor neoclásico con la opulencia de la Rusia zarista.

El Retrato:

Nicolás II aparece sentado en el trono de oro de la Sala de San Jorge. No luce una armadura antigua, sino el uniforme de gala del Regimiento de Guardias Preobrazhenski, con la banda azul de la Orden de San Andrés cruzando su pecho. Su pose es erguida, con una mano sobre el pomo de su espada ceremonial y la otra descansando sobre un volumen grueso y encuadernado: el propio Código Civil.

El Contexto:

A ambos lados del trono, en las esquinas inferiores, se despliegan símbolos heráldicos integrados:

A la izquierda: El águila bicéfala del Imperio Ruso, sosteniendo el orbe y el cetro.

A la derecha: Un escudo cuarteado que fusiona el Caballero Blanco de Polonia y el León de Finlandia, sutilmente entrelazados con cadenas de oro, simbolizando la unidad bajo la Corona, pero manteniendo su distinción heráldica.

La Inscripción Inferior:

Debajo del retrato, en letras grabadas en estilo cirílico eslavónico dorado, se lee:

«Nicolás II, por la Gracia de Dios, Emperador y Autócrata de todas las Rusias, Zar de Polonia, Gran Duque de Finlandia. Legislador de la Paz y el Orden para sus fieles súbditos. Año de Gracia de 1905.»

El Mensaje de Promulgación (Preámbulo)
Este texto, impreso en la primera página interior con tipografía Didot y letras capitulares iluminadas en oro y rojo, actuaría como el "prefacio" oficial del Código.

MENSAJE IMPERIAL A LA NACIÓN

«Nos, Nicolás II, Emperador y Autócrata de todas las Rusias, imbuidos por el deseo paternal de asegurar la prosperidad y la justicia para cada rincón de Nuestros vastos dominios, desde las estepas del Volga hasta los bosques del Gran Ducado y las ciudades del Reino de Polonia, promulgamos el presente Código Civil.
Que este cuerpo de leyes sea el cimiento firme sobre el cual se construya el porvenir de Rusia. No es nuestro deseo que el Derecho sea una sombra, sino una luz que guíe la propiedad, la familia y el contrato en el seno de un Imperio que camina hacia su destino histórico con paso firme. Hemos recogido la sabiduría de las eras y la técnica de la modernidad para que el súbdito encuentre en la ley la seguridad que su trabajo merece.
Ordenamos a todos Nuestros tribunales, al Senado Regente y a las autoridades de cada provincia, que este Código sea aplicado con la rectitud que la justicia divina exige. Que sea el vínculo que una las costumbres diversas de nuestros pueblos en una sola fe: la fe en el orden, el derecho y la estabilidad del Estado.

Dado en Nuestra Residencia de San Petersburgo, en el año de Nuestro reinado el undécimo.

(Firmado y sellado de Nuestra mano)

NICOLÁS R.»

Análisis visual de la atmósfera

La imagen transmite una tensión deliberada: el Zar intenta proyectar una imagen de solidez, control y modernidad (al aparecer con el Código Civil como su principal instrumento de poder), pero la opulencia del trono y la rigidez de su uniforme revelan a un hombre que intenta, a través del papel y la tinta, contener una marea de cambios que la historia ya estaba preparando para desbordar. Es una obra de arte que, en su intento de ser una "piedra angular", se convirtió en el monumento a un sueño de orden absoluto que nunca llegó a cuajar.

Cuantas clases de ediciones habría de primera edición.

Para una obra de tal magnitud política y jurídica como el Código Civil de 1905, la "Primera Edición" no habría sido un solo libro, sino una jerarquía de publicaciones diseñada para diferentes propósitos sociales, burocráticos y ceremoniales.
En la Rusia zarista, la jerarquía de las ediciones habría estado estrictamente regulada por el rango del destinatario y la función del ejemplar:

1. La Edición Imperial (Ejemplares de Gala)

Destinatarios: El propio Zar, la familia imperial, embajadores de potencias extranjeras (Alemania, Francia, Gran Bretaña), y bibliotecas nacionales.
Características: Encargo artesanal. Encuadernación en tafilete (cuero fino de cabra) con el águila bicéfala repujada en oro. Papel de trapo de altísimo gramaje, marca de agua con el escudo imperial, y cortes de página dorados.
Función: Simbolizar la majestad y la permanencia del Imperio. Eran objetos de exhibición diplomática.

2. La Edición de Cancillería (Edición Oficial del Estado)

Destinatarios: Senadores, ministros, Gobernadores Generales (como el de Finlandia o el de Varsovia) y rectores de universidades.
Características: Encuadernación en media piel o tela editorial resistente de color oscuro (azul marino o negro). Portada con el sello de la Cancillería de Estado.
Función: Uso administrativo y de consulta. Debían ser duraderos, ya que eran el texto de referencia para la aplicación de la ley. Incluían un apéndice con la "Instrucción sobre la entrada en vigor" y tablas de correspondencia con las leyes antiguas.

3. La Edición de Tribunales y Jueces (Edición de Trabajo)

Destinatarios: Jueces de paz, tribunales de distrito, notarios y funcionarios de justicia en todo el Imperio.
Características: Formato más manejable (octavo), encuadernación en tela barata o cartón reforzado con esquinas de cuero para soportar el uso diario. El papel era más fino y económico, producido en las fábricas papeleras estatales.
Función: Uso intensivo. A menudo se imprimían con márgenes extra anchos ("interleaved") para que los jueces pudieran anotar a mano las circulares del Senado que interpretaban los artículos.

4. La Edición de Bolsillo (Edición para Profesionales)

Destinatarios: Abogados, estudiantes de Derecho, banqueros y empresarios.
Características: Impresa por editoriales privadas (como la prestigiosa editorial Brockhaus-Efron), bajo licencia estatal. Tamaño compacto, cubiertas flexibles de tela o papel grueso.
Función: Difusión comercial. Los abogados privados necesitaban llevar el código en el bolsillo para las audiencias. Estas ediciones solían incluir un índice alfabético detallado, algo que las ediciones oficiales de Estado no solían tener, para facilitar la consulta rápida en los tribunales.

5. La Edición Regional / Lingüística (Ediciones de "Adaptación")

Destinatarios: El Gran Ducado de Finlandia, las Provincias Bálticas y el Reino de Polonia.
Características: Ediciones bilingües.
El conflicto: Habría sido una edición bilingüe (ej. Ruso-Finlandés o Ruso-Polaco). Estas ediciones habrían sido las más problemáticas: el Senado de Finlandia habría exigido una traducción jurídica propia para asegurar que los términos legales rusos no invadieran el sistema legal finlandés.
Función: Intentar la integración del territorio mediante la "traducción de la norma".

Resumen de la distribución

Edición Propósito Percepción social

Imperial Ceremonial "La palabra sagrada del Zar."
Cancillería Administrativo "La norma a seguir por el Estado."
Tribunales Práctico "La herramienta de trabajo diaria."
Profesional Comercial "La ley en las manos del ciudadano."
Regional Política "Un intento de imponer la ley rusa en nuestras tierras."

Si este Código se hubiera promulgado, el número de ejemplares habría sido masivo, pero la calidad del papel y la encuadernación habrían servido como un "código de barras" social: al ver qué edición sostenía un juez o un abogado, uno sabía inmediatamente su grado de lealtad al centro (San Petersburgo) o su resistencia a la centralización imperial.

El Emperador Nicolás II de Rusia hablaba cinco idiomas, habiendo recibido una educación lingüística privilegiada desde su niñez. Dominaba tres de ellos con absoluta fluidez nativa. Idiomas con dominio fluido o nativo

Ruso: Su lengua materna. Era el idioma en el que prefería comunicarse cotidianamente, el que hablaba con sus hijos y en el que escribía a su madre, la emperatriz María Fiódorovna.
Inglés: Lo hablaba y escribía a la perfección. Su pronunciación era tan impecable que se decía que su acento podía pasar por el de un profesor de la Universidad de Oxford. Era el idioma privado que utilizaba para comunicarse y escribirse cartas con su esposa, la emperatriz Alejandra.
Francés: Lo dominaba con total fluidez. El francés era el idioma tradicional de la diplomacia y el preferido por la alta aristocracia en la corte rusa de la épocas.

Idiomas con dominio secundario o práctico

Alemán: Tenía un buen nivel de conocimiento y lo entendía bien, aunque no lo hablaba con la misma soltura que los anteriores. No solía ser un idioma popular dentro de su núcleo familiar directo.

Danés: Poseía conocimientos prácticos y básicos de este idioma gracias a su madre, que era una princesa danesa. Solía practicarlo durante las visitas de verano que realizaba junto a su familia a Dinamarca.

Cuando Nicolás II interactuaba con la Dieta de Finlandia (el parlamento estamental del Gran Ducado), la comunicación oficial y los discursos desde el trono se realizaban principalmente en ruso y francés, los cuales eran traducidos inmediatamente de forma oral y escrita al sueco y al finés por secretarios de Estado para los representantes locales.

Sin embargo, la relación lingüística de Nicolás II con Finlandia fue compleja y se dividió en dos dinámicas muy claras:

La tradición del protocolo (Ruso, Francés y traducciones) 

Siguiendo la costumbre iniciada por sus antecesores, los zares (que ostentaban el título de Grandes Duques de Finlandia) no hablaban finés ni sueco. El protocolo en la apertura o clausura de las sesiones de la Dieta funcionaba de la siguiente manera:

El zar pronunciaba o enviaba su discurso oficial redactado en ruso (el idioma del Imperio) o en francés (la lengua de la diplomacia de la corte).
Acto seguido, el Secretario de Estado para Finlandia leía formalmente el texto traducido al sueco (que seguía siendo el idioma mayoritario de la administración y de la élite en la Dieta).
Posteriormente, se leía la traducción al finés para los estamentos que utilizaban esta lengua (como el estamento de los campesinos y el clero).



Maria (Maikki) Elisabeth Friberg (Kankaanpää, 1861-Helsinki, 1927) fue una educadora, editora de una revista, sufragista y activista por la paz finlandesa. Es recordada por su participación en el movimiento de mujeres finlandesas, especialmente como presidenta de la organización finlandesa de derechos de las mujeres Suomen Naisyhdistys y como fundadora y editora de la revista de mujeres Naisten Ääni (Women's Voice).
Viajó mucho, promoviendo la comprensión de Finlandia en el extranjero mientras participaba en conferencias internacionales y contribuía a la prensa extranjera.

Biografía

Nació el 5 de enero de 1861 en Kankaanpää, era hija de Karl Arvid Friberg y Fanny Adelaide Boijer. Después de la muerte de su padre, su madre se mudó a Tammerfors, donde abrió una casa de huéspedes. Friberg asistió a la Escuela Sueca para Mujeres en Helsinki, donde se matriculó en la clase de formación de profesores.
 En 1883, obtuvo un puesto de profesora en la escuela secundaria popular de Helsinki, que ocupó hasta 1912. Estudió en universidades de Berlín y Zúrich, y Berna de 1894 a 1897. Se doctoró en la Universidad de Berna en 1897 con una tesis sobre las escuelas populares nórdicas. En Berna estableció una amplia red de contactos ya que miles de mujeres extranjeras estudiaban en universidades suizas. Después de su disertación, Friberg mejoró su francés en Paris y asistió a clases de economía en la Universidad de Bruselas. Sus conocimientos lingüísticos mejoraron hasta el punto de poder escribir sus discursos tanto en alemán como en francés.
Entre 1889 y 1906, Friberg realizó numerosos viajes a Europa, tanto con fondos propios como con el apoyo de subvenciones del Senado y de la ciudad de Helsinki, para conocer las nuevas prácticas de enseñanza de la geografía y el perfeccionamiento de las niñas. Los billetes de tren baratos hicieron posible los viajes de ida y vuelta, y Friberg se unió al numeroso grupo de profesores que viajaron por Europa para conocer los métodos de enseñanza de los distintos países. 
Se empezaron a formar redes de mujeres en Europa Central, y la casa de Anna y Eva Ingman en Dresde se convirtió en un punto de encuentro para estudiantes y visitantes nórdicos y finlandeses. Friberg conoció especialmente bien a las mujeres danesas influyentes, y se encontró, por ejemplo, con la educadora reformista sueca Anna Sundström en una reunión escolar en Copenhague en 1890.
En 1893 viajó a Copenhague, Berlín, Dresde, Bremen, Hamburgo y La Haya, y se familiarizó especialmente con la enseñanza de la geografía, la historia natural y las ciencias ambientales que estabas de moda en Europa. Enseñando al alumnado cosas nuevas sobre su entorno local. Cuatro años después, Friberg fue aprendiz en una escuela profesional de París, donde se introdujo en las clases avanzadas de la escuela primaria. En un viaje a París, Bruselas, Copenhague, Dresde y Viena en 1906, el interés de Friberg se extendió más allá de la escuela elemental: a las escuelas populares y a los movimientos femeninos, obreros, pacifistas y antialérgicos, en cuyos congresos participó. Friberg también representó en varias ocasiones a la Unión de Mujeres y a los Amigos de la Templanza en el extranjero. 

A partir de entonces, asistió a conferencias sobre economía en la Universidad de Bruselas, adquiriendo fluidez en alemán, francés e inglés. Hasta 1906, realizó frecuentes viajes de estudios por Europa, perfeccionando su experiencia en los métodos de enseñanza. También se familiarizó con otros escandinavos, especialmente daneses.
En Finlandia, Friberg sólo consiguió que se aceptaran sus nuevas ideas educativas cuando cambió el inspector de las escuelas primarias. Después de treinta años como maestra y de haber adquirido conocimientos y habilidades, en 1912 se presentó al puesto de inspectora adjunta de las escuelas primarias de Helsinki, pero fue derrotada en el concurso por Guss Mattson, miembro del Ayuntamiento de Helsinki, que actuaba como órgano de selección. Exasperada por el trato recibido, dejó la docencia para dedicarse al trabajo cívico y asociativo.

Activismo

Mientras viajaba en 1906, Friberg se interesó por el movimiento de mujeres, asistiendo a varias convenciones y congresos, donde con frecuencia representó a Kvinnosaksförbundet Unionen (la Asociación de Mujeres de la Unión). Ese mismo año de 1906, en la reunión de la Alianza Internacional de Mujeres en Copenhague sus opiniones sobre el derecho al voto fueron especialmente bien recibidas, ya que ese año las mujeres finlandesas obtuvieron el derecho al voto. En esta etapa, estaba especialmente interesada en el pacifismo y la templanza.
 La ambición de Maikki Friberg de difundir el conocimiento de Finlandia se materializó en las numerosas conferencias que dio en el extranjero. En Berlín, Dresde y Viena habló sobre los institutos populares nórdicos y las escuelas mixtas finlandesas, en Copenhague disertó sobre Uno Cygnaeus y el sistema de escuelas primarias finlandesas, y en Estocolmo, Copenhague, Dresde y Viena disertó sobre la lucha constitucional de los finlandeses contra la rusificación. Friberg también recogió nombres para una gran petición de protesta contra la política de unificación del régimen ruso. A ello le ayudaron sus amplios contactos sociales.
Fue miembro de la Liga de Mujeres Finlandesas y de su consejo central desde su fundación en 1906 hasta 1924, y presidenta de la Unión de Mujeres de 1920 a 1927. El club debatió sobre el sufragio y las cuestiones femeninas, así como sobre León Tolstói y August Strindberg. Friberg también participó en la promoción de la causa de la paz en la Liga Finlandesa por la Paz, y un año antes de su muerte fundó la rama finlandesa de la Liga Internacional de Mujeres por la Paz y la Libertad, Finlands Fredsförbund. También fue presidenta de la sección femenina de la asociación antialcohólica Koito durante seis años. Fundó su propia revista Naisten ääni (Voz de la mujer) en 1905, que editó hasta su muerte.
La mayoría de sus otros cargos de confianza estaban en el sector educativo. Entre otras cosas, participó en la organización de cursos de vacaciones para profesores. En 1908, fue representante de los profesores en el consejo de las Escuelas Populares de Helsinki y miembro del Comité de Enseñanza de los Cursos para Trabajadores de Helsinki.
En 1909 en Naisten ääni, publicó un relato al congreso de la Alianza Internacional de Mujeres en Londres.
Maikki Friberg murió en noviembre de 1927, como escribió un representante de la Liga de Mujeres Finlandesas en su obituario:

Maikki Friberg ha caído en su puesto de guardiana, la encendedora de cientos de mentes, la artista de la palabra hablada y escrita, la querida y celebrada personalidad de una líder se ha ido.

Influencia de Maikki Friberg

Su principal influencia fue a través de sus presentaciones y escritos. Compartió sus observaciones de sus viajes al extranjero, comparó el desarrollo nórdico con el europeo, abordó temas sociales de actualidad y escribió sobre mujeres influyentes en el extranjero. En su análisis del papel de la mujer en diferentes países europeos a principios de siglo, llegó a la conclusión, entre otras cosas, de que la mujer alemana no era más que una sirvienta de su marido.
Friberg también escribió sobre la posición política de Finlandia, las luchas culturales y las condiciones culturales no sólo en finés, sino también en periódicos alemanes, franceses y daneses. Colaboró en al menos 17 periódicos extranjeros. En Finlandia, Friberg fue directora de la revista Nutid y de la revista eclesiástica Kylväjä. En 1905 fundó su propia revista, Naisten ääni, criticada por aristocrática y que dirigió hasta su muerte. La oficina Women's Voice acogió un club de mujeres, un club de francés y un club de inglés. Se convirtió en un refugio para las abogadas solitarias y un lugar de descanso para las mujeres que habían llegado a la ciudad desde el campo.

El Ataque ( en finés : Hyökkäys ) es una pintura delartista finlandés Edvard Isto , una de las pinturas finlandesas más famosas. La pintura representa al águila bicéfala rusa atacando a la doncella finlandesa, intentando robarle su libro de leyes. La pintura se completó en 1899, el mismo año en que el emperador Nicolás II de Rusia publicó el Manifiesto de Febrero.

Idiomas que conocía:

Finés: Su lengua materna, en la cual escribió numerosos ensayos y editó la célebre revista feminista Naisten Ääni.
Sueco: Estudió en la Escuela Sueca para Mujeres en Helsinki y editó durante años la revista feminista en sueco Nutid.
Alemán: Vivió y realizó estudios de posgrado en Berlín y obtuvo su doctorado en la Universidad de Berna (Suiza), publicando su tesis doctoral en este idioma.
Francés: Lo utilizaba con regularidad en sus viajes y conferencias diplomáticas en Europa occidental, colaborando activamente con la prensa escrita de Francia y Bélgica.
Además de estos cuatro, Friberg dominaba el inglés, lo que le permitió participar como ponente en importantes foros internacionales como el Congreso de la Alianza Internacional por el Sufragio Femenino en Londres, y tenía nociones de otras lenguas nórdicas como el danés debido a sus estrechos lazos con activistas de Dinamarca.

Si el emperador de Rusia, Rey zar de Polonia y Gran Duque de Finlandia, le regalare como regalo personal esta primera edición del código civil Ruso, en apéndice las leyes complementarias del texto legal, al política  Maria ( Maikki ) Elisabeth Friberg, con versión al finlandés y sueco barata, que pensaría del regalo de su soberano. Además mando una carta en francés, escrita por Nicolás saludándole con buenas palabras como corresponde a persona educada, señalando que este texto fundamental del Derecho Privado del Estado, va ser derecho supletorio del derecho especial Finlandés, va ser faro en la ilustración y progreso de los pueblos, y se basa en bien común. Que pensaría del regalo y carta. Pensaría que regalo del Emperador o ministro de Justicia de Rusia, como presidente de Dieta. Que haría con los libros regalados. Nota: Las normas sobre la reglamentación del matrimonio, el régimen matrimonial, el pasaporte Internacional donde las mujeres casadas no separadas tenían usaban obligatoriamente del marido, Normas de derecho internacional relacionada a mujeres casadas, y normas domicilio legal de esta clase de mujeres, estas normas aplican supletoriamente si no hay normas en leyes finlandesas que regulen, estarían en azul. Que pensaría de este detalle. 

Para una figura como Maikki Friberg, pionera del movimiento feminista finlandés, educadora y activista por el sufragio universal, recibir este regalo del Zar Nicolás II no sería un honor, sino una provocación política y moral de primer orden.

A continuación, analizo su perspectiva frente a este escenario:

1. ¿De quién proviene el regalo?

Friberg, cuya formación y activismo internacional la vinculaban con los movimientos sufragistas europeos, detectaría inmediatamente la intención política detrás del gesto.
El origen: Aunque la carta estuviera firmada por el Zar, ella vería la mano del Ministro de Justicia de Rusia. Entendería que el Zar, como persona, quizás no conoce los detalles de su activismo, pero que el aparato estatal ruso sí, y que este "regalo personal" es un intento de cooptación o una advertencia diplomática: "Estamos vigilando lo que haces y queremos que aceptes nuestra legalidad".
La recepción: Ella sabría perfectamente que un regalo de esta naturaleza, enviado directamente a una líder del movimiento de mujeres, busca marcar una jerarquía: el Emperador ("Padre") regalando a la súbdita ("Hija") un manual de comportamiento.

2. La reacción ante el contenido y la carta

Al leer la carta en francés, lenguaje de la diplomacia, Maikki Friberg sentiría una profunda ironía.
El "Bien Común": Para Friberg, el concepto de "bien común" mencionado por Nicolás II sería una falacia. Ella sabía que el derecho privado ruso estaba diseñado para consolidar el poder del patriarca y del Estado. La idea de que ese código fuera un "faro de progreso" le resultaría insultante, dado que ella luchaba activamente contra las leyes que mantenían a las mujeres como ciudadanas de segunda clase.
El rechazo al Derecho Supletorio: Como líder del movimiento feminista, su prioridad era la soberanía legislativa finlandesa. Aceptar el derecho ruso como "supletorio" en Finlandia significaría retroceder décadas en los derechos de las mujeres, ya que el sistema finlandés, aunque conservador, era visto por ella como un marco a reformar desde dentro, no como algo que debiera ser colonizado por la autocracia rusa.

3. El punto de quiebre: Los artículos en "Azul"

El detalle de las normas marcadas en azul sobre el matrimonio, el pasaporte, el domicilio legal y la subordinación de la mujer casada sería, para Friberg, la prueba de la naturaleza regresiva del regalo.
La indignación feminista: Que el Zar destaque, mediante el uso de tinta azul, las leyes que obligan a la mujer casada a depender del marido para su pasaporte, domicilio y estatus jurídico, sería recibido como una bofetada.
Interpretación: Ella entendería que el Zar no solo le está regalando un código, sino que le está enviando un mensaje directo sobre qué papel quiere él que ella y todas las mujeres finlandesas desempeñen: un papel de subordinación absoluta al marido y, por extensión, al Estado. Lo interpretaría como una amenaza de que, si Rusia impone su derecho, las mujeres perderían la poca autonomía que los tribunales finlandeses permitían.

4. ¿Qué haría con los libros?

Maikki Friberg era una estratega. No destruiría los libros, sino que los utilizaría como herramientas de denuncia:
Publicidad como arma: Es muy probable que escribiera un artículo incisivo en sus publicaciones (como Naisten Ääni - La Voz de la Mujer) exponiendo el regalo. Publicaría la carta del Zar, comentando la "caballerosidad" del Emperador frente a la "crueldad de sus leyes" resaltadas en azul.
El "Museo de la Desigualdad": Podría haber donado los ejemplares (especialmente los de lujo) a la biblioteca de la organización de mujeres, no para estudiarlos como leyes, sino como ejemplos pedagógicos de la opresión. Los usaría en sus conferencias para mostrar a otras mujeres lo que Nicolás II consideraba "progreso" para ellas: la pérdida de su pasaporte, de su domicilio y de su identidad legal bajo el yugo del marido.

En resumen

Para Maikki Friberg, este regalo no sería un objeto de prestigio, sino un documento acusatorio. La "tinta azul" destacando la subordinación femenina confirmaría todas sus sospechas: el Código Civil Ruso no era un "faro de ilustración", sino un ancla diseñada para impedir que las mujeres finlandesas avanzaran hacia la plena ciudadanía.


Maria ( Maikki ) Elisabeth Friberg que pensaba del moderno código civil ruso, de fuentes en derecho alemán, Francés, Bizantino Ruso, y normas expedidas por zares durante siglos que han gobernado Rusia. Carácter sacrosanto del matrimonio por Iglesia ortodoxa.

Para entender la postura de Maikki Friberg frente a un hipotético Código Civil Ruso de 1905 —con esa amalgama de derecho alemán, francés, bizantino y autocrático— debemos situarla en su realidad: una intelectual cosmopolita, educada en universidades europeas y profundamente comprometida con el sufragio femenino y los derechos civiles.

Si Friberg hubiera tenido que analizar ese texto jurídico, su juicio habría sido ferozmente crítico, articulado desde tres frentes principales:

1. El choque con la "Modernidad" del Código

Maikki Friberg, que participó activamente en congresos internacionales de mujeres (como los de Berlín o Londres), conocía bien las tendencias legales europeas.
El eclecticismo como máscara: Ella habría detectado rápidamente que la mezcla de fuentes (alemana, francesa y bizantina) no era un avance "iluminado", sino una construcción ecléctica diseñada para conservar el poder autocrático. Para ella, la parte "francesa" (que aludía a la modernidad liberal) era una fachada, mientras que el sustrato "bizantino-ruso" era el mecanismo de control real.
La crítica académica: Como educadora, Friberg habría criticado que un código que se decía "moderno" ignorara los avances en el derecho de familia europeo, que ya empezaban a cuestionar la tutela perpetua del marido sobre la mujer.

2. El matrimonio y el carácter "Sacrosanto" Ortodoxo

Este sería el punto donde su crítica se volvería más dura. El matrimonio en el derecho imperial ruso no era un contrato civil, sino un sacramento indisoluble supervisado por el Santo Sínodo.
La falta de libertad de conciencia: Para Friberg, el carácter "sacrosanto" del matrimonio ortodoxo era una cadena que impedía el divorcio y mantenía a las mujeres atrapadas en uniones abusivas. Ella habría argumentado que, si el Código Civil no permitía el divorcio civil (al estilo francés laico que ella admiraba), entonces el Código no era "civil", sino una extensión del derecho canónico.
El choque con su laicismo: Friberg defendía un Estado secular. La idea de que el "faro de la ilustración" zarista impusiera la doctrina ortodoxa sobre las leyes de matrimonio en una Finlandia mayoritariamente luterana le habría parecido un acto de imperialismo religioso.

3. La "Ley de los Zares" vs. La Justicia Social

Friberg habría denunciado que el Código, al recopilar normas expedidas por zares durante siglos, estaba institucionalizando el pasado.
La trampa histórica: Ella habría señalado que incluir normas de siglos anteriores (a menudo contradictorias y misóginas) en un código "nuevo" era una maniobra deliberada para dar barniz legal a la opresión histórica de las mujeres.
La visión feminista: Para ella, el código no buscaba el "bien común" (como decía la carta de Nicolás II), sino el "bien de la autocracia". Su argumento principal habría sido: "Un código que trata a la mujer como una eterna menor de edad bajo la sombra de la Iglesia Ortodoxa no puede ser un código de progreso".

¿Qué habría pensado ella de este documento?

Maikki Friberg habría visto este código como un "monumento al estancamiento". Mientras los movimientos sufragistas en Occidente luchaban por leyes que permitieran a las mujeres casadas administrar sus propios bienes o acceder a la custodia de sus hijos, el Código Civil Ruso, con su pesada carga bizantina y su rigidez religiosa, habría sido visto por ella como un intento de importar la Edad Media a la modernidad legislativa finlandesa.

En resumen, su postura habría sido:

Desprecio intelectual: Considerar el código como una pieza de museo decorada con retórica de vanguardia.
Resistencia activa: Habría liderado campañas para que, en caso de cualquier reforma legal, Finlandia se mantuviera fiel a sus tradiciones legislativas nórdicas (más cercanas a la igualdad de género y la laicidad) antes que aceptar las "migajas" de un derecho imperial ruso que ella consideraba estructuralmente patriarcal.

Para Friberg, la tinta azul del Zar (que mencionamos antes sobre los pasaportes y el domicilio) no sería una simple formalidad; sería la prueba de que el Zar pretendía borrar la identidad legal de la mujer finlandesa para fundirla en el molde de la "esposa sumisa" que el derecho ortodoxo ruso prescribía.

Los juristas civilistas rusos que pensaba del moderno código civil ruso, de fuentes en el derecho alemán, Francés, Bizantino Ruso, y las normas expedidas por zares durante siglos que han gobernado Rusia. Carácter sacrosanto del matrimonio por Iglesia ortodoxa.

La posibilidad de que el Imperio Ruso hubiera promulgado un Código Civil moderno antes de la Revolución de 1917 es uno de los temas más fascinantes de la historia del derecho comparado. De hecho, el proyecto existió: la Comisión Codificadora, creada en 1882 y activa hasta 1917, trabajó intensamente en un "Proyecto de Código Civil" que buscaba sistematizar la caótica legislación rusa.
Si Nicolás II lo hubiera promulgado, la recepción por parte de los juristas rusos de la época (la "escuela civilista" rusa) habría sido una mezcla de entusiasmo técnico y profunda tensión cultural. Aquí te detallo cómo habrían reaccionado ante esa amalgama de fuentes:

1. El conflicto de las fuentes: ¿Modernización o Tradición?

Los juristas rusos de principios del siglo XX (como Pokrovsky, Muromtsev o Gabrilovich) eran, en su mayoría, expertos de altísimo nivel formados bajo la influencia de la Pandectística alemana y el Código Civil francés (Código Napoleónico).
La influencia del Derecho Alemán (BGB): Los juristas habrían aplaudido la estructura lógica, el rigor conceptual y la técnica legislativa del BGB (promulgado en 1900). Habrían visto en este modelo la herramienta necesaria para que Rusia pudiera insertarse plenamente en el capitalismo moderno y el comercio internacional.
La herencia Bizantina y Rusa (Kormchaya Kniga): Aquí radicaba el nudo gordiano. Muchos juristas consideraban que el derecho ruso debía preservar su identidad nacional. Un código que fuera una mera copia de modelos occidentales habría sido criticado como "artificial". Habrían buscado un equilibrio: adoptar la forma técnica alemana, pero manteniendo instituciones consuetudinarias rusas.
El choque con el Derecho Sacro: La fuente más problemática sería la influencia del Derecho Bizantino en el matrimonio. Los juristas, cada vez más influenciados por el secularismo liberal europeo, habrían visto con escepticismo o rechazo que un código moderno mantuviera la incompetencia de los tribunales civiles en materia matrimonial, dejando esta bajo la jurisdicción exclusiva de la Iglesia Ortodoxa.

2. La perspectiva de los juristas civilistas

Si este código hubiera sido promulgado, la crítica jurídica se habría dividido en dos frentes:

Los Modernizadores (Escuela Liberal): Habrían defendido el código como una "constitucionalización" de la vida civil. Para ellos, el Código era la pieza que faltaba para convertir al súbdito (sujeto al arbitrio del Zar) en un ciudadano con derechos subjetivos claros y protegidos frente al Estado.
Los Conservadores-Eslavófilos: Habrían mirado con recelo la introducción de conceptos como la "propiedad absoluta" o la "libertad contractual" plena. Argumentarían que estas figuras eran ajenas a la tradición rusa de la Obshchina (la comuna campesina), donde la tierra a menudo se gestionaba de forma colectiva y no individualista.

3. El punto de fricción: La sacralidad del matrimonio

Este es, quizás, el punto donde el Código habría sido más criticado por la élite intelectual:

La rigidez del matrimonio: El derecho canónico ortodoxo dificultaba enormemente el divorcio. Los juristas habrían presionado para que el Estado tuviera la potestad de regular el matrimonio como un contrato civil, eliminando la barrera de la indisolubilidad religiosa.
El conflicto de soberanía: La existencia de un código civil moderno implica que la ley emana de la soberanía del Estado. Si el matrimonio seguía bajo la égida de la Iglesia, se habría creado un "dualismo jurídico" donde el Código Civil sería soberano en los negocios, pero subordinado a la Iglesia en el derecho de familia. Esto habría sido visto por los juristas como una incoherencia jurídica.

Resumen del sentir de los juristas

Si Nicolás II hubiera publicado este código, los juristas probablemente habrían emitido un juicio similar a este:

"El Código es una obra maestra de la técnica jurídica que nos equipara a las potencias europeas, pero es una pieza extraña en el alma rusa. Mientras el Derecho Patrimonial mira hacia el futuro y la modernidad germánica, el Derecho de Familia sigue anclado en la inmovilidad bizantina y la tutela de la Iglesia, creando una dualidad que el Código no logra resolver plenamente."

En conclusión, los juristas habrían agradecido la seguridad jurídica que el código otorgaba para el desarrollo económico, pero habrían sentido que el sistema era un edificio moderno construido sobre cimientos medievales, advirtiendo que, tarde o temprano, la realidad social (la secularización de la familia) terminaría chocando con la estructura sacra del sistema zarista.

Comentarios

Entradas populares de este blog

Graciano (Jurista-canonista )

El Código Civil de Cataluña (I)

Corpus iuris civilis.

Nueva Recopilación de Leyes de Castilla

Eugen Ehrlich, filosofo del derecho (derecho libre).

Las Partidas de Alfonso X El Sabio.

Jurista Eugen Ehrlich y la jurisprudencia.-

DERECHO DE SUPERFICIE: SU RÉGIMEN EN EL DERECHO COMÚN Y EN EL DERECHO URBANÍSTICO.

La responsabilidad civil de los notarios en Chile.-

Manumisión de esclavos-Escritura Publica III