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Mostrando entradas de enero, 2015

Los Usatges.-a

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Luis  Alberto Bustamante Robin; Jose Guillermo Gonzalez Cornejo; Jennifer Angelica Ponce Ponce; Francia Carolina Vera Valdes;  Carolina Ivonne Reyes Candia; Mario Alberto  Correa Manríquez; Enrique Alejandro Valenzuela Erazo; Gardo Francisco Valencia Avaria; Alvaro Gonzalo  Andaur Medina; Carla Veronica Barrientos Melendez;  Luis Alberto Cortes Aguilera; Ricardo Adolfo  Price Toro;  Julio César  Gil Saladrina; Ivette Renee Mourguet Besoain; Marcelo Andres Oyarse Reyes; Franco Gonzalez Fortunatti; Patricio Ernesto Hernández Jara;  Demetrio Protopsaltis Palma; Ricardo Matias Heredia Sanchez; Alamiro Fernandez Acevedo;  Soledad García Nannig;  Paula Flores Vargas; Katherine Alejandra  Lafoy Guzmán; (que podría traducirse al castellano como usos o mejor usanzas) son los usos y costumbres que forman la base de las constituciones catalanas. Históricamente, el derecho común en la Cataluña Vieja se basaba en estos textos, que comenzaron a ser recopilados a partir del siglo XI, e

Derecho nobiliario español.-a

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Luis  Alberto Bustamante Robin; Jose Guillermo Gonzalez Cornejo; Jennifer Angelica Ponce Ponce; Francia Carolina Vera Valdes;  Carolina Ivonne Reyes Candia; Mario Alberto  Correa Manríquez; Enrique Alejandro Valenzuela Erazo; Gardo Francisco Valencia Avaria; Alvaro Gonzalo  Andaur Medina; Carla Veronica Barrientos Melendez;  Luis Alberto Cortes Aguilera; Ricardo Adolfo  Price Toro;  Julio César  Gil Saladrina; Ivette Renee Mourguet Besoain; Marcelo Andres Oyarse Reyes; Franco Gonzalez Fortunatti; Patricio Ernesto Hernández Jara;  Demetrio Protopsaltis Palma;Katherine Alejandra  Lafoy Guzmán; ; Ricardo Matias Heredia Sanchez; Alamiro Fernandez Acevedo;  Soledad García Nannig;  Paula Flores Vargas;  Escudos de armas de los nobles Scherezada Jacqueline Alvear Godoy Introducción Es el del derecho nobiliario un campo, por su propia naturaleza, poco tratado en los despachos profesionales por ello, por lo antiguo de sus disposiciones normativas (recogidas nada menos que en

La hipoteca.-a

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Luis Alberto Bustamante Robin; Jose Guillermo Gonzalez Cornejo; Jennifer Angelica Ponce Ponce; Francia Carolina Vera Valdes;  Carolina Ivonne Reyes Candia; Mario Alberto  Correa Manríquez; Enrique Alejandro Valenzuela Erazo; Gardo Francisco Valencia Avaria; Alvaro Gonzalo  Andaur Medina; Carla Veronica Barrientos Melendez;  Luis Alberto Cortes Aguilera; Ricardo Adolfo  Price Toro;  Julio César  Gil Saladrina; Ivette Renee Mourguet Besoain; Marcelo Andres Oyarse Reyes; Franco Gonzalez Fortunatti; Katherine Alejandra  Lafoy Guzmán; Chile La hipoteca es un derecho real de garantía, que se constituye para asegurar el cumplimiento de una obligación (normalmente de pago de un crédito o préstamo), que confiere a su titular un derecho de realización de valor de un bien, (generalmente inmueble) el cual, aunque gravado, permanece en poder de su propietario, pudiendo el acreedor hipotecario, en caso de que la deuda garantizada no sea satisfecha en el plazo pactado, promover la venta f

Introducción.-a

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A mi hermano. Abogado leyendo el Código Civil. El derecho civil es una  rama del derecho privado, que regula las principales las relaciones civiles de las personas. Tradicionalmente es la rama del derecho que regula el derecho de la personalidad, las relaciones familiares, la propiedad,  y los demás derechos reales, las obligaciones, y las sucesiones. Este  blogger, caratulado como "Anexo de apunte de derecho civil y materias afines" contiene artículos jurídicos, que es el anexo y complemento de mi otro blogger creado por mí,que tiene el  título de  " Apuntes de derecho civil de la universidad bernardo O Higgins ; Este blogger sirve para perfeccionarlo, contiene información jurídica e histórica sobre el derecho privado, incluyendo el derecho civil, comercial, marítimo, minero, indiano, etc. Contenido  El código civil de Cataluña, el common law , el Corpus iuris civilis, el derecho aragonés, el derecho canónico, el derecho civil castellano, el derecho catalán histórico